
15 Feb Solicitar la compensación económica por ERTE en trabajos a tiempo parcial
Ya se puede solicitar la compensación económica por ERTE en trabajos a tiempo parcial. El SEPE ya lo ha anunciado en su página y ya está a disposición de los trabajadores. Esto supone una muy buena noticia para un colectivo que lleva viviendo momentos complicados desde el inicio de la pandemia.
Lo han hecho a través de un comunicado en su página web el pasado 4 de febrero. Fue el Real Decreto Ley 30/2020 de 29 de septiembre quien estableció el derecho a recibir una compensación económica en aquellos casos en los que era posible compatibilizar el cobro de ERTE con el sueldo percibido a tiempo parcial. La buena noticia es que tiene carácter retroactivo y no solo afecta a los contratos que se han firmado después de su entrada en vigor el pasado 1 de octubre.
¿Qué es la compensación económica por ERTE en trabajos a tiempo parcial?
Vamos a verlo mejor con un ejemplo. Una persona que en ERTE está cobrando 800€ y otra empresa le ofrecía un contrato a media jornada, la prestación se reducía de forma proporcional un 50%; es decir, pasaba a cobrar 400€ más lo que percibiese por el salario del nuevo empleo. Con la modificación de la nueva ley no se aplica esta reducción.
¿Qué dice el Real Decreto?
El Real Decreto Ley 30/2020 de 29 de septiembre establece lo siguiente:
a) A partir del 30 de septiembre de 2020, cuando las prestaciones por desempleo reconocidas en el ámbito de los ERTES (arts. 1, 2 y 3 y D.A. 1ª Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre) se compatibilicen con la realización de un trabajo a tiempo parcial no afectado por medidas de suspensión, no se deducirá de la cuantía de la prestación la parte proporcional al tiempo trabajado.
b) Se establece el derecho a percibir una compensación económica a las personas beneficiarias de la prestación por desempleo (art. 25.1 Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo) cuya cuantía se haya visto reducida en proporción al tiempo trabajado por mantener en el momento del reconocimiento inicial una o varias relaciones laborales a tiempo parcial no afectadas por ERTES.
¿A quién afecta el Real Decreto?
Este Real Decreto afecta a las personas que están en ERTE por motivos económicos, organizativos o técnicos relacionados con el Covid, a las personas cuya actividad se haya visto limitada o impedida por las restricciones y/ o medidas de contención adoptadas para controlar la pandemia y a ERTES que se hayan visto prorrogados hasta el 31 de enero de 2021.
El plazo máximo que el SEPE ha habilitado para la resolución de la compensación económica a percibir, en caso de que corresponda, será hasta el próximo 31 de julio y el importe de la compensación será lo que se ha dejado de cobrar por la deducción realizada o en función de la compatibilidad entre la prestación y el trabajo a tiempo parcial.
¿Cómo solicitar la compensación económica por ERTE en trabajos a tiempo parcial?
Tienes hasta el próximo 30 de junio para solicitar la prestación. Para ello, tienes que entrar en la página del SEPE y acceder a ‘pre solicitud de prestación individual’ y rellenar el formulario. Será el SEPE quien, posteriormente, contactará contigo por teléfono o a través de correo electrónico para completar la información que sea necesaria. Si tienes DNI electrónico puedes presentar la solicitud directamente a través de la sede electrónica.
Como hemos comentado, el importe será el equivalente a lo que se ha dejado de percibir por la deducción y la cantidad se abonará en un único pago.
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