Cobrar la pensión y ser autónomo ¿Es posible?

Cobrar la pensión y ser autónomo ¿Es posible?

Cobrar la pensión y ser autónomo ¿Es posible? Sí, lo es. Se llama jubilación activa y es completamente compatible. El emprendimiento no tiene edad pero sí nombre ‘oldpreneurs’ y gracias a un Real Decreto, desde el 2013 se pueden hacer las dos cosas: cobrar un pensión y compatibilizarlo con una actividad económica. Eso sí, hay que cumplir ciertos requisitos que veremos a lo largo del post como que se cumpla la edad y los años de cotización que se han establecido.

Requisitos para cobrar la pensión y ser autónomo

Vamos a ver cuáles son los dos requisitos principales para acceder a esta jubilación activa que permite cobrar la pensión y ser autónomos al mismo tiempo.

  • Cumplir con la edad y los años de cotización establecidos: Es decir, el nuevo emprendedor debe tener, al menos, 65 años y haber cumplido al 100% con los años de cotización exigibles para cobrar la pensión de jubilación. La edad, aumenta cada año y hay que tenerlo en cuenta. Estas opciones no están disponibles en el caso de las jubilaciones anticipadas, porque ya hemos dicho que hay que cumplir con la edad mínima de jubilación.
  • Contratar a un trabajador: En este caso, solo es requisito indispensable siempre que se quiera optar al 100% de la pensión de jubilación. Si decide ser autónomo y jubilado solo, optará al 50% de la pensión por jubilación.

 

Además de la jubilación activa, existe la figura de la ‘jubilación flexible’. En estos casos, se puede acceder a una trabajo a tiempo parcial, de entre el 50 y el 75% de la jornada completa. La principal diferencia entre la jubilación flexible y la jubilación activa es que en la flexible el pensionista, mientras está percibiendo una pensión de jubilación vuelve, de forma parcial, a la actividad laboral. En la jubilación activa, se compatibiliza el disfrute de la prestación de la jubilación con la realización de cualquier trabajo por cuenta propia ya sea a tiempo completo o parcial.

Ventajas de la jubilación activa

La jubilación activa tiene ventajas como que encontrarás una reducción de tus obligaciones fiscales. Mientras dure la actividad tanto tu empresa como tú estaréis cotizando en el Régimen General. Además, estarás sujeto a una cotización de solidaridad del 8%. El 2% corresponde al trabajador y del 6% para el empleador. ¿Qué significa esto? Todos aquellos que se jubilen a una edad superior a la de su edad legal y cumplan con un periodo mínimo de contribución, verán como su pensión se incrementa por cada año cotizado.

También existen unos límites. Si se desea continuar con la actividad, se pierde el derecho a recibir complementos o bonificaciones sobre la pensión aunque estos se re-establecerán cuando el jubilado cese en su actividad económica. Por otro lado, hay trabajadores que quedan excluidos y no pueden acogerse a la jubilación activa. Es el caso de funcionarios, personal de la administración de Justicia y otros órganos constitucionales o estatales. También quedan excluidos altos cargos del sector público o personas que se hayan acogido a la jubilación anticipada, como ya hemos comentado.

Ahora ya conoces cómo cobrar la pensión y ser autónomo. Si estás a las puertas de la jubilación pero tienes ganas de continuar o tienes ganas de emprender, estas opciones son una buena alternativa para mantenerse en activo. Por un lado, si lo deseas, puedes seguir trabajando pero reduciendo el ritmo de trabajo mientras ayudas a equilibrar o, incluso, mejorar tu economía. Eso sí, para ponerlo en marcha y, para volver en activo, te recomendamos contar con la ayuda de una asesoría de confianza como la de Taxa Asesores. Aquí, además de asesoramiento te ayudaremos con la gestión de los trámites y todas las obligaciones fiscales.

No Comments

Post A Comment

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.