
01 Nov Ampliación de CNAES para solicitar ayudas directas para autónomos y empresas
Ya se ha modificado en varias ocasiones, se han ampliado plazos y se han cambiado requisitos. Esta vez, el Gobierno ha permitido una ampliación de CNAES para solicitar ayudas directas para autónomos y empresas. El pasado 14 de septiembre, el Gobierno ya decidió ampliar el plazo para solicitar las ayudas por Covid aprobadas por el Real Decreto Ley 5/2021. El nuevo plazo de presentación de estas solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el 29 de octubre.
El objetivo no ha cambiado, estas ayudas deben ir destinadas al pago de deudas con proveedores y costes fijos que hayan tenido que asumir las empresas durante el periodo de marzo a septiembre de 2021. De está manera, el Gobierno pretende apoyar la solvencia y la viabilidad de los negocios ya que el nivel de endeudamiento de los autónomos por la crisis del Covid preocupa mucho.
Ampliación de CNAES para solicitar las ayudas
Lo dice el Boletín de la Comunidad de Madrid: “ACUERDO de 27 de octubre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo de 28 de abril de 2021, por el que se autoriza un gasto por importe de 679.287.790 euros para la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas financiada por el Gobierno de España, así como otro gasto por importe de 220.000.000 euros correspondiente a la Línea COVID complementaria de ayudas directas a autónomos y empresas financiada por la Comunidad de Madrid, se aprueba el procedimiento de concesión directa y se procede a su convocatoria, modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de junio de 2021 y por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de septiembre de 2021”.
Eso sí, no se amplía a todos los CNAES, quedan excluidos todos los CNAES dedicados a actividades financieras y de seguros, actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico y actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales. Eso sí, si el motivo de la exclusión en un primer momento fue por motivos económicos, los requisitos siguen siendo los mismos y, por tanto, no se podrían volver a solicitar ahora
Ayudas directas a Autónomos y empresas 2021
Según el Decreto Ley, se destinarán 7,000 millones de euros que se repartirán entre las distintas Comunidades Autónomas y ciudades con el objetivo de ayudar a su tejido empresarial. 5000 millones irán destinados a las Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla. Por su parte, Baleares y Canarias recibirán los 2,000 millones restantes.
Todas estas ayudas se deben utilizar para el pago de deudas y facturas con proveedores así como las nóminas de los trabajadores. Si hay varios acreedores, el criterio establecido para el cobro será de antigüedad y si la deuda contraída está asociada a un crédito, primará el aval público.
Quién puede solicitar las ayudas directas para autónomos y empresas
Tanto autónomos como profesionales que tributan el IRPF cuyo volumen de facturación haya caído más del 30% durante el 2020 y con respecto del ejercicio anterior, podrán recibir una ayuda máxima de hasta el 40% de total perdido en caso de tener menos de 10 empleados a su cargo. Si hay más de 10 trabajadores, será del 20%. El Gobierno establece que estas ayudas, en ningún caso, podrían ser inferiores a 4,000 euros ni superiores a 200,000. Los empresarios que apliquen el Régimen de Estimación Objetiva en el IRPF recibirán como máximo una ayuda de 3.000 euros.
Tener el domicilio fiscal en España, estar incluido en el nuevo listado de ampliación de CNAES, estar al día en cuanto a pagos con Hacienda y la Seguridad Social, no haber repartido dividendos en 2021 ni 2022 ni aprobar subidas de sueldo en la alta dirección durante dos próximos años así como mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2022, son otros de los requisitos para solicitar estas ayudas.
Se prevé que tanto autónomos como empresas puedan recibir las ayudas en el plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto aunque la responsabilidad recaerá en los gobiernos regionales aunque, según el Gobierno, ya cuentan con todas las herramientas para poder agilizar la concesión de estas ayudas.
Si bien estas ayudas tienen un carácter de ‘fondo perdido’ no es así para los trabajadores por cuenta propia. La razón es que están obligados a incluir esta ayuda en la declaración de la renta de 2021 como si fuese una subvención más.
Empresas que aun cumpliendo los requisitos hayan tenido un resultado neto negativo en la declaración de IRPF de 2019 quedarán excluidas de esta ayuda. También quedan excluidas las empresas condenadas mediante sentencia, no haber sido declarados insolventes, no estar sujetos a una intervención judicial y no tener la residencia fiscal.
Si crees que eres uno de los beneficiarios tras la ampliación de CNAES, en Taxa Asesores, podemos ayudarte. Puedes llamarnos o enviarnos un mail y revisaremos tu caso. Eso sí, date prisa porque, como hemos comentado al inicio, el plazo es de 10 días hábiles desde la publicación del comunicado.
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