Qué es el modelo 720 y quién está obligado a presentarlo

Qué es el modelo 720 y quién está obligado a presentarlo

El modelo 720 está en el punto de mira. Se trata de una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Esto quiere decir que si tienes acciones, cuentas o valores en el extranjero estás obligado a presentarlo. El objetivo de este modelo es luchar contra el fraude fiscal y a raíz de los bitcoins, el Ministerio de Hacienda obligará a declararlos a través de un nuevo modelo tributario: el 721. Vamos a ver qué es el modelo 720 y quién está obligado a presentarlo. También os contamos las novedades sobre el modelo D6 donde el Gobierno ha eliminado la obligatoriedad de presentarlo y, por supuesto, todo sobre el nuevo modelo 721.

Qué es el modelo 720

Como hemos comentado, se trata de un modelo obligatorio de declaración de bienes y derechos en el extranjero. El objetivo de este modelo, era permitir que las personas con patrimonios en el extranjero pudiesen tributar pagando un 10% de las rentas no declaradas. Como estas personas mostraron su descontento, el Gobierno modificó el Código Penal eximiendo de delito fiscal a aquellas personas con patrimonios ocultos que regularizasen su situación. Eximiendo de delito fiscal pero no de delito.

Así, este modelo es de obligado cumplimiento para aquellas personas que:

  • Tengan cuentas bancarias en el extranjero
  • Valores, seguros de vida o rentas gestionados u obtenidos en el extranjero
  • Bienes e inmuebles situados en el extranjero

 

De esta manera, todos aquellos que cumplan estos requisitos y cuando estos bienes en el extranjero sumen más de 50,000 euros están obligados a presentar este modelo cuya fecha de presentación es desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo. Una vez presentado por primera vez, hay que seguir haciéndolo cuando el capital sea superior a los 20,000 euros en los años posteriores. La sanción mínima por no presentar este modelo es de 30,000 euros.

¿Qué es el modelo 721?

Muy similar al modelo 720 y aún por presentar por parte del Gobierno. Se trata de un nuevo modelo para los dueños de criptomonedas. A imagen y semejanza del modelo 720, se aplica a aquellos inversores que tengan más de 50,000 euros en estos activos digitales. Y hay que tomárselo muy en serio porque las multas serán cuantiosas no solo para quien no lo presente sino para quien no lo haga correctamente. 5.000 euros de multa por cada dato que no se presente de forma correcta, inexacta o que falte información.

Con la llegada de este nuevo modelo, el anterior, el 720 queda en tela de juicio. Durante este mismo mes de enero será el Tribunal de Justicia de la Unión Europa quien se pronuncie sobre ello.

El Gobierno elimina el modelo D6

Antes de que acabara el año, el Gobierno decidió modificar la normativa y eliminar la obligatoriedad de presentar el modelo D6 para la mayoría de los inversores. Solo se mantendría para aquellos que tengan una participación superior al 10% en participaciones en empresas cotizadas en el extranjero.

Esta decisión viene por el alto volumen de recursos. Cuando se aprobó en el año 2001 el nivel de declaraciones con modelo D6 era muy bajo. Sin embargo el pasado año se superaron las 54,000 solicitudes.

En Taxa Asesores trabajamos cada día para que puedas estar tranquilo. Porque sabemos que nadie quiere problemas con Hacienda, si tienes bienes en el extranjero, te aconsejamos asesorarte y dejar todo el papeleo en manos del profesionales. Solo así tendrás la tranquilidad de que todo esté en orden y presentado en tiempo y forma. ¿Cómo podemos ayudarte?

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