Lo que debes saber sobre el Impuesto de Sociedades

Lo que debes saber sobre el Impuesto de Sociedades

El impuesto de sociedades es un tributo que grava los beneficios que obtienen las personas jurídicas constituidas como sociedades mercantiles residentes en el territorio español. Vamos a ver todo lo que debes saber sobre el impuesto de sociedades

¿Qué es el impuesto de sociedades?

Se consideran residentes en el territorio español aquellas entidades que:

1. Hayan sido constituidas conforme a las leyes españolas.

2. Tengan la dirección efectiva de sus actividades o su domicilio social en territorio español.

¿Quién debe tributar por el impuesto de sociedades?

Como su propio nombre indica, están sujetas a este impuesto todo tipo de sociedades como, por ejemplo:

  • Las sociedades mercantiles (sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad colectiva, sociedad laboral, etc.)
  • Las sociedades unipersonales
  • Las sociedades cooperativas
  • Las asociaciones y fundaciones
  • Las sociedades civiles con objeto mercantil (Sociedad agraria, minera, ganadera, etc.)

 

También existen entidades sin personalidad jurídica propia que están sujetas al impuesto de sociedades como, por ejemplo, los fondos de inversión o de pensiones y las uniones temporales de empresas.

¿Cuál es el periodo impositivo del impuesto de sociedades?

Anual, no pudiendo en ningún caso superar los doce meses y concluyendo su periodo el 31 de diciembre de cada año.

¿Qué es el tipo impositivo del impuesto de sociedades?

Es el porcentaje que hay que declarar conforme al tipo de empresa que se trate.

Principalmente hay dos tipos impositivos:

Tipo impositivo general: Del 25% desde el año 2016.

Tipo impositivo reducido: Del 15% para empresas de nueva creación, del 20% para cooperativas, del 10% para asociaciones y fundaciones, son algunos de los más importantes.

¿A qué base imponible se aplica el tipo impositivo del impuesto de sociedades?

En principio se aplica al beneficio que declare la entidad, aunque en realidad no es tan sencillo.
Pueden realizarse compensaciones de bases imponibles negativas correspondientes a ejercicios anteriores y antes de realizar dichas compensaciones pueden practicarse algunas reducciones como, por ejemplo:

La reducción de las rentas procedentes de activos intangibles, por ejemplo, las procedentes de la investigación y el desarrollo, la innovación tecnológica, la creación de empleo o las producciones cinematográficas.

La reserva de capitalización

Además, la base imponible puede verse modificada en base a la valoración de las existencias, las amortizaciones o deducciones por depreciación del activo y las variaciones patrimoniales.

¿Qué es el tratamiento de doble imposición en el impuesto de sociedades?

Es un tipo de deducción que existe para tratar de mitigar la existencia de la doble imposición.

La doble imposición se produce cuando los beneficios que han sido generados por una sociedad, después de tributar por el impuesto de sociedades, tienen que volver a tributar en la propia persona mediante el IRPF. También puede suceder por impuestos soportados en dos estados diferentes, en España y en el extranjero, y por dividendos y participaciones en beneficios de filiales extrajeras.

Existen dos formas de evitar la doble imposición:

Imputación: Las rentas se suman a la base imponible de la entidad que las percibe y se deduce de la cuota el importe satisfecho en concepto de impuesto.

Exención: Sobre dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores del capital y sobre las rentas obtenidas en el extranjero.

¿Cuál es el plazo de presentación?

El impuesto de sociedades ha de presentarse durante los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la finalización del periodo impositivo, es decir, si el periodo impositivo coincide con el año natural, el plazo sería del 1 al 25 de julio.

¿Qué modelo de declaración es el correspondiente al impuesto de sociedades?

Existen varios modelos a presentar:

Modelo 200: De uso general por cualquier contribuyente que tenga la obligación de realizar esta declaración. Es de obligatorio cumplimiento la presentación de dicho modelo ante la agencia tributaria, incluso si no se hubiera llevado a cabo ninguna actividad o si los ingresos no hubieran sido sujetos a impuestos.

Modelo 202: Pago fraccionado en el régimen general. No hay obligación de presentarlo en declaraciones sin ingreso o cuota cero.

Modelo 220: Régimen de tributación de los grupos de sociedades.

Modelo 222: Régimen de tributación de los grupos de sociedades para pago fraccionado.

Ahora que ya sabes todo sobre el Impuesto de Sociedades, sabrás que contar con la ayuda de una asesoría de confianza te ayudará a llevar tus impuestos al día. En Taxa Asesores ayudamos a los autónomos y pequeñas pymes a tener siempre la tranquilidad de que sus negocios están en las mejores manos. Si necesitas un asesor, puedes llamarnos, enviarnos un mail o venir a vernos a nuestra oficina en la calle Marcerado en el barrio de Prosperidad ¡Te esperamos!

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